Gobierno aprobó el reglamento de gestión ambiental de la pesca y la acuicultura, por el Decreto Supremo 012-2019-Produce.
A fin de obtener una Certificación Ambiental, se establece que toda persona natural o jurídica que pretenda desarrollar un proyecto de inversión en pesca y acuicultura debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
El reglamento establece la obligatoriedad de contar con la Certificación Ambiental, y clasifica los EIA en las siguientes categorías:
1) Declaración de Impacto Ambiental-DIA (Categoría I) aplicable a los proyectos de inversión que podrían generar impactos ambientales negativos leves
2) Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado-EIAsd (Categoría II), aplicable a los proyectos de inversión que podrían generar impactos ambientales negativos moderados
3) Estudio de Impacto Ambiental Detallado-EIA-d (categoría III), aplicable a los proyectos de inversión que podrían generar impactos ambientales negativos altos.
Dice el decreto supremo, que el reglamento para la inversión en actividades pesqueras y acuícolas “garantiza” que esta se desarrolle de forma sostenible, ya que considera “las interacciones que se producen entre los medios físico, biológico, económico, social y cultural, a fin de dar lugar a una unidad en equilibrio ambientalmente sostenible en el tiempo, socialmente viable, contribuyendo con la conservación de la biodiversidad”.
Además, “salvaguarda el derecho de las personas de vivir en un ambiente equilibrado y adecuado”, asegura.