Argentina Rechaza Empresa China. La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) rechazó el reclamo presentado por la empresa china CCCC Shanghai Dredging Co. Ltd. contra el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 1/2024, destinada a la concesión del dragado, mantenimiento y modernización de la Vía Navegable Troncal (VNT).
La VNT es una de las principales arterias comerciales de Argentina, canalizando aproximadamente el 80% de las exportaciones del país. Se extiende desde la desembocadura del Río de la Plata hasta el puerto de Cáceres, en Brasil, abarcando alrededor de 3.650 kilómetros de vías navegables. Su relevancia radica en la conexión que proporciona entre los mercados internacionales y los principales polos productivos del país, especialmente el sector agroindustrial.
La concesión anterior, otorgada a Hidrovía SA, venció en 2021, momento en el cual la Administración General de Puertos (AGP) asumió transitoriamente la operación hasta que se concretara un nuevo proceso licitatorio. Durante este período, la AGP se encargó de garantizar la navegabilidad del sistema mediante trabajos de dragado, balizamiento y monitoreo hidrológico.
En 2024, precisamente el día 13, el gobierno lanzó la Licitación Pública Nacional e Internacional Nro. 1/2024 con el objetivo de modernizar, operar y mantener la VNT bajo un modelo de concesión de obra pública por peaje. Se incorporaron instancias de participación ciudadana para definir los pliegos y se estableció que las ofertas deben provenir de entidades privadas, excluyendo aquellas controladas o financiadas por Estados soberanos. Esta última disposición ha sido el principal motivo de controversia en el proceso.
CCCC Shanghai Dredging Co. Ltd. impugnó la licitación al considerar que la restricción impuesta vulnera los principios de igualdad y concurrencia. La empresa sostiene que la medida es arbitraria y que impide su participación en el proceso, afectando la libre competencia al restringir la intervención de compañías con tecnología avanzada y costos más competitivos.
No obstante, la ANPyN rechazó estos argumentos, justificando la exclusión de empresas con financiamiento estatal extranjero por razones de soberanía y seguridad estratégica. Según el informe técnico elaborado por el organismo, la licitación respeta los principios de igualdad y concurrencia dentro del sector privado y permite la participación de inversores privados de la compañía china mediante la conformación de una sociedad sin capital estatal, publicó Pescare.
El gobierno argentino ha defendido la validez del proceso, argumentando que la exclusión de empresas estatales extranjeras es una práctica legítima en sectores estratégicos como la infraestructura portuaria y fluvial. La VNT representa una vía esencial para el comercio exterior del país, por lo que su gestión debe estar a cargo de un concesionario idóneo que garantice su operatividad bajo estándares internacionales. Si bien la restricción puede reducir el número de oferentes, las autoridades sostienen que existen suficientes empresas privadas con capacidad técnica y financiera para competir en igualdad de condiciones.
Con esta resolución, CCCC Shanghai Dredging Co. Ltd. queda fuera de la licitación, aunque tiene la opción de recurrir a la vía judicial conforme a lo establecido en la Ley 19.549 de Procedimiento Administrativo.
Mientras tanto, el proceso licitatorio continuará con su curso normal, con el objetivo de adjudicar la concesión a un operador privado que asegure la modernización y eficiencia de la Vía Navegable Troncal.