Pesca

Cámaras de buques congeladores acordaron ‘salario básico’ para la marinería

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Las cámaras pesqueras CAPIP, CAPECA, CAPA y CEPA celebraron un nuevo acuerdo con el SOMU en el establecimiento de los valores del ‘salario básico’ que regirá hasta 2026, como así también el concepto denominado ‘adicional por bodega’.

Los incrementos salariales y condiciones acordados alcanzan a los trabajadores comprendidos por los Convenios Colectivos de Trabajo, oportunamente suscriptos entre las mismas partes (CCT CAPIP-SOMU 486/07 Bis, CAPECA-SOMU 729/15, CEPA-SOMU 579/10 y CCT CAPA-SOMU 356/03), los que se encuentran plenamente vigentes, los mismos se plantean para el período paritario 1° de octubre 2025 al 31 de marzo 2026.

Básico en navegación

Las Partes acuerdan establecer el salario básico de la categoría de Marinero de Planta de la siguiente forma: A partir del 1 de octubre 2025 y hasta 31 de marzo 2026 las partes acuerdan ajustar mensualmente el salario Básico de la categoría Marinero de Planta conforme escala que presentarán oportunamente y que formarán parte integral de este acuerdo., teniendo en cuenta los índices mensuales inflacionarios.

Tales valores también impactarán a escala, sobre las demás categorías profesionales; y asimismo, dicho incremento impactará conforme todos los rubros convencionales, salarios de francos, órdenes, guardia en puerto y concordantes de cada uno de los CCT.

Plus de bodega

En el segundo punto del acuerdo, en relación al adicional convencional denominado “plus de bodega” o “adicional de bodega”, presente en los CCT 486/07 bis CAPIP-SOMU y CCT 729/15 CAPECA-SOMU; será incrementado en su cuantía, conforme los siguientes valores:

(I) $1536,00 por toneladas para todas las categorías profesionales en buques congeladores tangoneros y centolleros.

(II) $1.169,00 por toneladas para todas las categorías profesionales en buques congeladores merluceros de hasta 700 ton de bodega.

(III) $902,00 por toneladas para todas las categorías profesionales en buques congeladores merluceros de más de 700 ton de bodega.

(IV) $701,00 por tonelada para todas las categorías en buques congeladores que explotan la especie merluza negra bajo convenio CAPECA-SOMU, hasta 700 tn de bodega, y $485,00 para los buques que superen las 700 tn de bodega.

Obra social de marineros de poteros

En otro orden, respecto a la Cámara Armadores Poteros Argentina (C.A.P.A.), a efectos de que los tripulantes puedan acceder a los beneficios de la Obra Social del Personal Marítimo (OSPM) en los meses que los tripulantes no tengan esa cobertura, las empresas asociadas a esta Cámara integrarán un importe a la misma de tal forma que el tripulante efectivo y sus familias se encuentren protegidos. Aclaran que este artículo tendrá validez siempre que tripulante no se encuentre aportando al sistema a través de otra empresa.

Preservar la paz social

En tanto, “las partes se comprometen a mantener las relaciones laborales y las prácticas de buena fe conforme lo dispone la letra y el espíritu de los CCT que rigen la actividad, procurando que en la misma no se menoscabe ningún derecho laboral para el personal embarcado, y se preserve el mantenimiento de la productividad a bordo; y la paz social”. Finalmente, las partes pautaron solicitar ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social la homologación del presente acuerdo.

Fuente: Pescare