En una presentación judicial de alto impacto, la defensa del ex funcionario Gonzalo Carpintero, encabezada por los abogados Federico Ruffa y Alfredo Pérez Galimberti, solicitó la invalidez de las medidas autorizadas por la Justicia y planteó una «excepción de falta de acción» al considerar que los hechos denunciados por el dirigente de ATE, José Severiche, no constituyen ningún delito penal.
La controversia judicial se desató tras la denuncia de Severiche, quien sostuvo que Carpintero —en su rol de asesor de la CaFACH— le habría ofrecido una dádiva para que, como dirigente gremial, provocara disturbios que impidieran el normal inicio del ciclo lectivo en la provincia. Sobre esta base, la Fiscalía imputó a Carpintero el delito de cohecho.
Los ejes del reclamo judicial
La defensa presentó un recurso ante la Directora de la Oficina Judicial para que intervengan jueces revisores, bajo los siguientes argumentos centrales:
Invalidez de los allanamientos: Impugnan el decreto de la jueza de Garantías de Trelew, Dra. Mirta del Valle Moreno, que autorizó allanamientos, requisas y secuestros el pasado 10 de febrero. Sostienen que la decisión es «arbitraria e ilegal» por carecer de motivación lógica-jurídica.
Atipicidad de la conducta: Los abogados argumentan que, incluso si las afirmaciones de Severiche fueran veraces, se trataría simplemente de «exhortaciones hechas por un particular a un sindicalista». Afirman que estas manifestaciones de ninguna manera encuadran en la figura de cohecho, amenazas o coacción.
Falta de acción: Al considerar que el hecho es «objetivamente atípico» (es decir, que no es un delito), interpusieron una excepción de falta de acción para evitar lo que denominan un «dispendio jurisdiccional» innecesario.
El nudo legal: ¿Hubo cohecho?
La Fiscalía sostiene que Severiche reviste la calidad de funcionario público y que lo pedido por Carpintero consistía en hacer o retardar un acto relativo a sus funciones. Sin embargo, la defensa de Carpintero es tajante: los hechos descritos no configuran un tipo penal y, por lo tanto, toda la prueba recolectada en los procedimientos realizados debería ser declarada inadmisible.
»Sostenemos que la decisión judicial que autoriza esta injerencia es inválida por carecer de motivación… el hecho descrito por el denunciante y la Fiscalía es objetivamente atípico», reza el escrito presentado por Ruffa y Pérez Galimberti.
El petitorio
El documento finaliza solicitando que se cite a una audiencia y que, oportunamente, se declare la invalidez del acto judicial atacado y se haga lugar a la excepción de falta de acción, lo que dictaría el cierre de la persecución penal contra Carpintero por este hecho.



