Derogado Incentivo Cambiario. Por medio de un nuevo DNU, el Poder Ejecutivo eliminó el esquema que permitía liquidar una parte de las divisas en el mercado financiero. Argumenta que ya no existen los desequilibrios macroeconómicos que justificaban la medida. Con la medida quedó extinto el “dólar blend”.
En una nueva señal hacia la libertad cambiaria, el Gobierno nacional derogó mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el régimen creado a fines de 2023 que permitía a los exportadores ingresar una parte de sus divisas por canales financieros alternativos al mercado oficial. La medida, oficializada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 269/2025, deja sin efecto el Programa de Incremento Exportador, Decreto 28/2023, un verdadero «injerto filipino» para incentivar la actividad exportadora, restableciendo plenamente el régimen establecido por el Decreto 609/2019.
El decreto firmado por el presidente Javier Milei y todo su gabinete sostiene que las condiciones que motivaron la creación del régimen derogado —una brecha cambiaria que superaba el 170%, alta inflación y reservas negativas del Banco Central— ya no están presentes. Según el texto, las políticas de ajuste fiscal y estabilización monetaria implementadas desde diciembre de 2023 permitieron una “marcada reducción de la inflación”, que pasó del 25,5% mensual en diciembre al 2,2% en enero de 2025, y una fuerte disminución de la brecha cambiaria, según publicó Pescare.
“El marco regulatorio establecido a través del Decreto N° 28/23 ha satisfecho la finalidad perseguida al momento de su dictado”, afirma el documento, y subraya que se trataba de un régimen “transitorio y excepcional”, pensado para enfrentar una situación de “desequilibrio extremo”.
El régimen derogado obligaba a los exportadores de bienes y servicios a ingresar el 80% de las divisas por el Mercado Libre de Cambios (MLC), mientras que el 20% restante podía canalizarse a través del mercado financiero mediante operaciones de compraventa de valores negociables. Esta flexibilización se justificó entonces como una herramienta para fomentar las exportaciones y aumentar la oferta de divisas ante la escasez de reservas.
Con la derogación del DNU 28/2023, los exportadores deberán volver a regirse íntegramente por las disposiciones del Decreto 609/2019 y sus normas complementarias, ingresando la totalidad de las divisas al mercado oficial. No obstante, el nuevo decreto aclara que se mantienen vigentes las normas que regulan el pago de derechos y tributos correspondientes, sin cambios en las alícuotas aplicables.
Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión busca reforzar el rumbo hacia una “normalización plena” del sistema económico, en línea con el acuerdo Extended Fund Facility firmado con el Fondo Monetario Internacional (FMI), el cual —según el Gobierno— permitirá fortalecer las reservas del Banco Central y avanzar en la liberalización del mercado de cambios.
El DNU remarca que su entrada en vigencia debe ser inmediata para evitar “comportamientos intempestivos” por parte de los agentes económicos, y justifica su dictado sin pasar por el Congreso al considerar que existen “circunstancias excepcionales” que requieren una respuesta urgente, tal como lo establece el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.
La medida será ahora remitida a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso Nacional para su revisión, como establece la Ley 26.122.
Con esta decisión, el Gobierno continúa desarmando herramientas de administración del comercio exterior utilizadas por gestiones anteriores, con el objetivo declarado de consolidar un sistema económico basado en la libre competencia y la mínima intervención estatal.