El incremento salarial se abonará por etapas en junio, octubre y diciembre en concepto ‘no remunerativo’ y pasará al básico en marzo de 2024. Además, se acordó un bono navideño de 50 mil pesos y un bono escolar de 55 mil pesos.
El Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación (STIA) acordó con la Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras (CAPIP) una recomposición salarial del Convenio Colectivo de Trabajo 372/04, que tendrá vigencia desde el 1 de junio de 2023 hasta el 1 de junio del 2024. La misma configura un incremento progresivo y acumulativo en tres etapas.
La modalidad de montos fijos no remunerativos será de la siguiente manera: las categorías 1 y 2 tienen para cobrar pesos setenta mil ($70.000) con la acreditación de los meses de junio, de julio y agosto y septiembre; a los que se les sumarán, pesos cincuenta mil ($50.000), a partir del mes de octubre y noviembre resultando en el cobro de pesos ciento veinte mil ($120.000) por mes; a esto, se volverán a sumar, pesos cincuenta mil ($50.000), a partir del mes de diciembre del presente y en los meses de enero y febrero del 2024.
De este modo, el acumulado en diciembre será de pesos ciento setenta mil ($170.000) sobre el básico en concepto de no remunerativos, que se trasladarán al básico en el mes de marzo del año 2.024.
Del mismo modo, según ventiló la entidad sindical, las categorías 3 y 4, sobre el sueldo actualizado a partir del mes de junio, cobrarán la suma no remunerativa de pesos setenta y dos mil ($72.000); a los que se sumarán pesos cincuenta y dos mil ($52.000) a partir del mes de octubre, el monto acordado queda en pesos ciento veinticuatro mil ($124.000); y a los que se volverán a sumar, pesos cincuenta y dos mil ($52.000) a partir del mes de diciembre, para llegar a completarse el cobro de los pesos ciento setenta y seis mil ($176.000) no remunerativos por mes, que se trasladarán al básico en marzo del año 2.024.
Jornalizados o quincenales
Para el personal jornalizado de las categorías 1 y 2, el cobro se verá reflejado de la siguiente manera. Pesos treinta y cinco mil ($35.000) por quincena a partir de la acreditación del mes de junio del 2023. Para el personal jornalizado de las categorías 3 y 4, el aumento de la suma no remunerativa es de pesos treinta y seis mil ($36.000) por quincena, a partir del mes de junio del presente año.
Con la acreditación del mes de octubre, el monto no remunerativo por quincena ascenderá a pesos sesenta mil ($60.000), en las categorías 1 y 2; en tanto que la suma no remunerativa será de pesos sesenta y dos mil ($62.000), para las categorías 3 y 4.
Por último, conjuntamente con la acreditación del mes de diciembre, las categorías 1 y 2 percibirán la suma no remunerativa de pesos ochenta y cinco mil ($85.000) por quincena; en tanto que para las categorías 3 y 4 el monto no remunerativo ascenderá a pesos ochenta y ocho mil ($88.000) por quincena. Los mismos se trasladarán al básico en el mes de marzo del año 2.024.
Trabajadores eventuales
Para el personal eventual, el incremento no remunerativo a partir de la liquidación del mes de junio es de pesos tres mil ciento ochenta y uno con ochenta y un centavos ($3.181,81), por día efectivamente trabajado, para las categorías 1 y 2; y de pesos tres mil doscientos setenta y dos con setenta y dos centavos ($3.272,72), para las categorías 3 y 4.
Con la acreditación mes de octubre, el monto no remunerativo para las categorías 1 y 2, es de cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con cincuenta y cuatro centavos ($5.454,54) por día efectivamente trabajado; para las categorías 3 y 4 el monto no remunerativo es de pesos cinco mil seiscientos treinta y seis con treinta y seis centavos ($5.636,36) por día efectivamente trabajado.
Conjuntamente con la acreditación del mes de diciembre para las categorías 1 y 2, el monto no remunerativo asciende a siete mil setecientos veintisiete con veintisiete centavos ($7.727,27) por día efectivamente trabajado; para las categorías 3 y 4, el monto ascenderá a pesos ocho mil ($8.000) por día efectivamente trabajado.
Los montos acreditados en concepto de no remunerativo tendrán como límite la suma correspondiente a la categoría que efectivamente tenga el o la trabajadora.
Bono navideño y bono escolar
Todos los trabajadores efectivos permanentes y de temporada comprendidos en el CCT 372/04. Cobrarán, el 19 de diciembre de 2023, un bono navideño de pesos cincuenta mil ($50.000). El bono escolar de pesos cincuenta y cinco mil ($55.000) se acreditará conjuntamente con la primera quincena de marzo del 2024.
Los trabajadores eventuales percibirán de manera proporcional, en razón de pesos cuatro mil ciento sesenta y siete ($4.167) por cada día efectivamente trabajado, por quincena, hasta el límite del monto de pesos cincuenta mil ($50.000) o de pesos cincuenta y cinco mil ($55.000), por quincena, según el bono que corresponda.