A través de la resolución 230/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial, el ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca estableció un plan de facilidades de pago por infracción a la normativa legal pesquera, así lo indicó El Agrario.
La resolución explicita que los interesados en adherir al plan deberán presentar su solicitud, dentro del plazo improrrogable de 30 días contados desde la notificación del acto sancionatorio.
Solamente podrán ser favorecidos con los mencionados planes quienes no hayan sido beneficiados con alguna de las quitas dispuestas por ley.
Se indicó además, que en la solicitud de un plan de facilidades de pago la voluntad debe ser manifestada con consentimiento expreso al acto administrativo de sanción, y desistiendo de los recursos administrativos o judiciales que pudieran corresponder o hayan sido deducidos, en conjunto con el depósito del 10% de la multa que corresponda.
Solamente podrán ser favorecidos con los mencionados planes quienes no hayan sido beneficiados con alguna de las quitas dispuestas por ley, y en hasta un máximo de 10 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, comprensivas cada una de capital e intereses compensatorios, calculados éstos a la tasa pasiva del Banco Nación.
Las cuotas no podrán ser inferiores a tres veces el sueldo básico de Capitán de Buque Pesquero dispuesto por el Convenio Colectivo de Trabajo, y la última cuota podrá ser inferior a dicho monto en el supuesto de existir un remanente insoluto.
Ante la mora de una cuota, la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera intimará a su pago dentro del plazo de cinco días hábiles, transcurrido dicho plazo sin que se hubiere efectuado el pago correspondiente, se producirá de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna, la caída del plan de facilidades de pago y la pérdida del beneficio de pago en cuotas, y automáticamente se considerará la deuda como de monto único, según la resolución publicada hoy.