Chubut
Flota Amarilla
Exige a la flota amarilla capacidad máxima de cajones en base al manual de cargas del buque. Ese manual refiere a cajones de 40 kilos de merluza, no a cajones de 18 kilos de langostino. A un barco autorizado a almacenar 28 toneladas de materia prima le prohíben descargar más de 12 toneladas. Apuran revisión de la medida.
La Sección de Inspecciones Técnicas de la División Operaciones de la Prefectura Naval Argentina (PNA) emitió el mes pasado una planilla detallando los buques de la flota amarilla de Chubut con sus “capacidades de cajones”
Con ese instrumento se prevé inspeccionar a las embarcaciones pesqueras en las que se detalla el nombre del barco, su matrícula y la cantidad de cajones “autorizados”.
Esa planilla con el listado y capacidad de cajones autorizados se realizó en base al “Manual de Carga” de cada pesquero, sin tener en cuenta que la ecuación aplicada, al momento de aprobarse un manual de carga en cuestión, fue elaborada sobre un kilaje diferente a la especie a la cual hoy tiene como objetivo la flota costera de Chubut.
El cálculo se hizo oportunamente sobre cajones con 40 kilos de merluza común, mientras que en la actualidad se autorizan cajones de langostino que no superen los 18 kilos de esa especie, y se prevé una disminución progresiva hasta los 15 kilos por cajón, en base al Plan Nacional de Manejo del Langostino.
De ello, resulta errática la aplicación de la “cantidad de cajones” autorizados por buque sobre la base del manual de carga, toda vez que refería a cajones de 40 kilos de merluza y no a cajones con 18 kilos de langostino.
No existe un manual de carga para langostino, por lo que resulta inconsistente e improcedente utilizar un parámetro de control sobre merluza para otra especie con otras restricciones de carga.
Al momento de ser diseñados los manuales de carga en la construcción o remodelación de un buque se realizó un cálculo por cajón que da un total de 56 kilogramos; de los cuales, 3 kilos son del cajón de plástico vacío, 13 kilos de hielo y 40 kilos de pescado (merluza común).
Para citar un ejemplo gráfico, un barco que cuenta con una autorización para 700 cajones, lo que tiene autorizado a desembarcar es 28 toneladas de pescando a razón de 40 kilos por cajón.
Por lo tanto, la Prefectura Naval Argentina de Puerto Rawson no puede exigir que descarguen hasta 700 cajones de langostino de 18 kilos, porque estarían desembarcando 12,6 toneladas de materia prima, menos de la mitad autorizada según su diseño.
El manual de carga para este caso testigo de “700 cajones”, es que tiene permitido almacenar en bodega hasta 28 toneladas de materia prima. De modo que, si un barco en su diseño está en condiciones de almacenar 28 toneladas de materia prima, y para el langostino, por una política de manejo, se fija en 18 kilos por cajón, el barco estaría en condiciones de traer hasta 1555 cajones de esta especie con esa limitante por cajón.
El debate recién comienza porque se está a semanas del inicio de la temporada de langostino en aguas jurisdiccionales de Chubut, ámbito de operaciones de la flota amarilla con licencias provinciales. La inminencia de la zafra obliga a revisar la medida administrativa que podría provocar un serio conflicto en el puerto de Rawson.
Hay múltiples versiones sobre el “origen” de la medida, ya que no se trataría de una iniciativa propia de la Prefectura de Rawson, sino que obedecería a chicanas y lobby de la industria pesquera marplatense, con guiño de la autoridad pesquera nacional.
Revista Puerto