Fm Patagonia Madryn
Chubut
Puerto Madryn
Tras el pedido de la Sesión Especial, finalmente los concejales resolvieron otorgar una habilitación temporal a la empresa pesquera. En este caso, con la afirmativa de los ediles Antín, Williams, Cataldi, Bard, Moyano y Duarte el articulado quedó redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar la habilitación comercial por el siguiente período de zafra del langostino, definido por la autoridad competente, a la Empresa Food Arts SA, exceptuándolo del cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 2º inciso G) de la Ordenanza 9641, por única vez con carácter de improrrogable, garantizando de esta manera la fuente laboral 120 familias de la Ciudad de Puerto Madryn.
Artículo 2º: Previo otorgamiento de la habilitación comercial por el período indicado en el artículo 1º de la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá requerir la presentación por parte de la empresa Food Arts SA de un seguro de caución a nombre del titular registral del inmueble u otra garantía suficiente a fin de cubrir las sumas correspondientes al valor de mercado del alquiler de la planta y eventuales daños que pueda sufrir el inmueble. Dicho seguro de caución u otra garantía que, a criterio del DEM será ejecutado en forma proporcional en caso de no acreditar Food Art el pago de los valores correspondientes al alquiler por el siguiente período de zafra del langostino, definido por la autoridad competente. El valor de la garantía por potenciales daños será fijado en forma fundada por el DEM.
Artículo 3º: El valor de mercado de las sumas correspondientes al alquiler de la planta deberá ser fijado por el DEM con la intervención de al menos tres inmobiliarias de reconocida trayectoria en el rubro. Las sumas determinadas para el alquiler deberán ser consignadas por la Empresa Food Arts a favor del titular del inmueble y ante quien el DEM determine.