Lo aseguró el presidente de la entidad empresarial al aclarar el rol institucional de la cámara en la comisión ad hoc creada por la Secretaría de Pesca para la asignación de tres permisos de pesca a plantas de procesamiento. Este lunes se conoció la reglamentación parcial de la nueva Ley de Pesca de Chubut.
“Las facultades de otorgar permisos de pesca en Chubut recae exclusivamente en la Secretaría de Pesca”, precisó el presidente de la Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras (CAPIP), Agustín De la Fuente, en relación al espacio creado en marzo pasado para analizar los proyectos de empresas, con plantas de procesamiento, interesadas en acceder a las tres nuevas licencias para buques de hasta 21 metros de eslora que estipula la nueva Ley de Pesca N° IX-157.
En cuanto a la participación en las reuniones de esa comisión de la que tomaron parte algunos sindicatos y cámaras empresarias, sostuvo que “nosotros fuimos citados por CAPIP, pero no tenemos preferencia por ningún tipo de empresa o proyecto productivo”, clarificó al tiempo de reiterar que el único organismo que tiene la potestad sobre el otorgamiento de nuevos permisos para la actividad es la cartera que conduce Gabriel Aguilar.
“CAPIP no puede tener preferencia por ninguna empresa porque vela por los intereses en común de todos los asociados, en el mismo pie de igualdad”, puntualizó.
Sindicatos y empresas
En el Boletín Oficial se publicó este lunes el Decreto Nº 595/23 por el cual se reglamentaron dos incisos del artículo 34 de la nueva Ley de Pesca IX-157. No se trata de una reglamentación de la norma, sino pura y exclusivamente de dos incisos de un artículo que faculta al Poder Ejecutivo al otorgamiento de tres nuevos permisos de pesca destinados a empresas con plantas de procesamiento.
El decreto expresa “créase por única vez en el ámbito de la Secretaría de Pesca, una comisión ad hoc que se integrará por la autoridad de aplicación, CAPIP, CAFACH, STIA, SICONARA, Cámara de Empresas Pesqueras del Golfo San Jorge y la Asociación de Pescadores Artesanales de Rawson. La Comisión tendrá función consultora de la autoridad de aplicación de la Ley IX N° 157”.
“Con activa participación”
La escueta reglamentación conocida en las últimas horas, agrega que “la autoridad de aplicación seleccionará en el ámbito de la comisión los beneficiarios de los permisos con la activa participación de las entidades gremiales y empresariales vinculadas a la actividad pesquera”.
Al tiempo que menciona que posteriormente “la autoridad de aplicación emitirá acto administrativo en el que hará constar su decisión respecto de la selección, y los argumentos que sustentan esa decisión”.
“Conflictividad laboral”
Vale recordar que la ley aprobada en la madrugada del 23 de diciembre pasado puso tres requisitos para los tres nuevos permisos de flota amarilla, a saber: “a) Empresas que se encuentren radicados en la Provincia del Chubut, con un mínimo de 5 años. b) Empresas que efectivicen un mínimo de 80 empleados; c) Empresas que no sean, ni hayan sido titulares de permisos de pesca otorgados por la Provincia del Chubut».
En tanto, el decreto añade cuatro subincisos con nuevos “criterios de selectividad” que se tendrán en cuenta y refieren a la “antigüedad de la planta en la provincia”, “cantidad de trabajadores en nómina permanentes o efectivos”, “desarrollo y alcance de las inversiones en Chubut”, y se valorará los “niveles de conflictividad laboral”.