El Senado aprobó ayer el proyecto que ya tenía media sanción de Diputados. El senador Pichetto solicitó modificar en marzo la fijación de los montos de las multas e incorporar al INIDEP y al CFP como órganos de control. A partir de su publicación se prohíbe actividad pesquera en el área. Se triplica la superficie marítima protegida de la Argentina.
En la tarde de ayer la Cámara de Senadores aprobó, en conjunto con otras leyes, la designación de las Áreas Marinas Protegidas (AMP) Namuncurá-Banco de Burdwood II y Yaganes, con 59 votos a favor. Otra vez la industria pesquera no fue asunto de debate en la Cámara, como así tampoco en las Comisiones, donde solo se cuestionó la fijación de las multas por parte del Poder Ejecutivo y la falta de inclusión del INIDEP y el Consejo Federal Pesquero como órganos de control. A partir de la publicación en el Boletín Oficial quedará prohibida toda actividad en estas áreas, ubicadas al sur y este de la provincia de Tierra del Fuego, donde hasta ayer operaba la flota dedicada a la pesca de merluza negra. Con la incorporación de estas AMP nuestro país triplica la superficie marítima protegida, alcanzando el 7,8% y quedando más cerca del 10% que se comprometió a cubrir ante organismos internacionales para el 2020.
Los firmantes del proyecto de ley que ayer logró la sanción en la Cámara de Senadores, son el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña y el secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Bergman. Si bien estuvo a punto de perder estado parlamentario, por el desinterés manifiesto de los legisladores de abordar el tema en la Cámara de Diputados, la semana pasada le dieron media sanción y prometieron seguir avanzando en lo que consideran una política de Estado. Ayer el Senado convirtió el proyecto en ley y a partir de ahora las actividades extractivas estarán prohibidas en los 101.000 kilómetros cuadrados que abarcan las nuevas AMP.
Por el artículo 1 de la Ley se crea el AMP Namuncurá-Banco Burdwood II, que tendrá la categoría de manejo de Reserva Nacional Estricta y Reserva Nacional Marina y cuenta con 32.336 kilómetros cuadrados. Para Yaganes, que tiene una extensión de 68.834 kilómetros cuadrados, se otorgaron estas mismas categorías pero se sumó además la de Parque Nacional Marítimo. La categoría de “Estricta” implica que no se puede desarrollar actividad humana e incluso existen limitaciones para la investigación.
“Estas nuevas áreas representan un logro de los procesos de debate democrático, además de un significativo beneficio para la conservación. Parques de mar y cielo en los que una inmensa cantidad de pingüinos y albatros, lobos y elefantes marinos, tiburones, rayas, corales fríos y otras muchas especies, podrán cumplir con sus ciclos de vida en paz y como Natura manda. Las organizaciones argentinas que conforman el Foro para la Conservación del Mar Patagónico agradecen a las autoridades provinciales y nacionales su trabajo por el bien común”, señaló Claudio Campagna, presidente del Foro que impulsó junto con otras organizaciones la promulgación de la ley.
Hasta ayer la única área protegida oceánica del país era Namuncurá-Banco Burdwood, que se creó en 2013. Ahora con Yaganes y Namuncurá-Burdwood II se incorporarán “más de 90 mil kilómetros cuadrados de hábitat puramente oceánico, lo que significa un progreso significativo” señalaron desde el Foro. A la vez indicaron que buscarán construir una red de áreas planificadas y gestionadas desde Administración de Parques Nacionales.
“Seguiremos trabajando para que el sistema incorpore otros sitios de alto valor de conservación, donde se focalice en especies amenazadas o en la presencia de frentes productivos de alta diversidad. Existen áreas claves en el centro y norte de nuestro mar, y en el borde del talud, donde las actividades humanas son intensas, que requieren urgente atención. Si bien nos alienta el aumento en número y superficie de las áreas marina protegidas, es necesario lograr representatividad para crear un verdadero Sistema que abarque diversidad de especies y hábitats y logre conexión de los ecosistemas que se buscan proteger”, anticiparon los impulsores de la ley recientemente aprobada.
Las áreas a las que hacen referencia forman parte de un documento elaborado por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, en la que se establecieron zonas de gran importancia para la biodiversidad pero a la vez de intensa actividad pesquera, como por ejemplo frente a las costas de Chubut, donde se concentra la flota langostinera y en la merlucera.
Esas áreas fueron establecidas sin la consulta pertinente a los investigadores del INIDEP ni a los sectores productivos involucrados, por negligencia de las autoridades de la Secretaría de Agroindustria. El entonces subsecretario de Pesca, Tomás Gerpe –hoy representante en la Comisión Técnica Mixta– y el que fuera secretario de Agroidustria, Ricardo Negri –hoy titular de SENASA– permitieron que se avanzara en las designaciones de ocho áreas sin buscar la forma de consensuar con el sector pesquero para minimizar el impacto sobre el segmento productivo.
Ese hecho generó en su momento un fuerte enfrentamiento entre Sergio Bergman y el que fuera ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile. La disputa fue resuelta por el presidente Macri quien dijo que en principio solo se avanzaría sobre las dos áreas que se acaban de aprobar. Pero dado el apoyo que la designación de AMP ha recibido fundamentalmente en la Cámara de Diputados, es posible pensar en la creación de nuevas áreas el próximo año.
Tanto Burdwood II como Yaganes no afectan considerablemente al sector pesquero, sino a un reducido grupo de empresas que explotan un recurso muy rentable como es la merluza negra. Especie, que según la información que consta en los argumentos de la ley, encuentra en estas áreas su sitio de reproducción. Si bien en la zonificación realizada, no toda el área es de condición “estricta”, las zonas definidas como parques o reservas nacionales que pueden ser de usos múltiples, no podrán tener actividad pesquera dado que en la sesión de Diputados esta posibilidad fue eliminada.
El sector pesquero no supo defender sus intereses en este caso; no lo hicieron los funcionarios de la cartera agropecuaria, no lo hizo el Consejo Federal Pesquero ni tampoco los empresarios. No hubo presentaciones formales ante los diputados, ni proyectos superadores que permitieran profundizar el debate. Solo a último momento lograron que se intente, en el futuro, tener en cuenta al CFP y al INIDEP.
El senador Miguel Pichetto solicitó, en la sesión de ayer, el acuerdo de la Cámara para “modificar en marzo dos temas que fueron cuestionados en el debate de Comisión, uno el tema de las multas que no puede ser una delegación del Poder Ejecutivo, debiendo fijar los valores el Congreso; y el otro tema es la incorporación para el control del INIDEP y el Consejo Federal Pesquero”, dijo sin saber muy bien si el CFP era otro instituto de investigación.
El año 2019 será de gran trabajo para las organizaciones que buscan ampliar la protección de los océanos y la biodiversidad. La inclusión del INIDEP en la formulación de nuevas propuestas es fundamental, porque el aporte de información sobre el desarrollo de las pesquería con un enfoque precautorio puede contribuir en gran medida a mejorar las sustentabilidad del ambiente sin poner en peligro miles de puestos de trabajo.
Ubicación geográfica y zonificación
Banco Burdwood II: La Reserva Estricta se encuentra delimitada entre el meridiano de 60º 45’ O y 58º 00’ O; el límite Este, desde el meridiano 58º 00’O hasta el paralelo de 55º 45’ S y el límite Sur desde dicho paralelo hasta la intersección con el meridiano de 60º 45’. El límite Oeste está dado por la isobata de 200 metros.
Otra zona no ha sido calificada con este nivel de restricciones pero de todos modos no se permiten las actividades pesqueras. El área designada como Parque se ubica entre el meridiano de 61º 45’ Oeste y 60º 45’ Oeste; el límite este, desde el meridiano 60º 45’ Oeste hasta el paralelo de 55º 30’ Sur; el límite Sur desde dicho paralelo hasta la intersección con el meridiano de 61º 45′; el límite Oeste está dado por la isobata de 200 metros
Yaganes: La Reserva Estricta abarca la plataforma continental de las áreas comprendidas en el Parque Nacional Marino y Reserva Nacional Marina, incluidas en el polígono definido entre el meridiano de 64º O, el límite de la ZEE con Chile y el Mar Territorial de Tierra del Fuego.
El Parque Marino está delimitado al norte por el paralelo de 55º 30’ S y el meridiano de 64º O; 55º 30’ S y 64º 45’ O; 55º 45’ S hasta la intersección con el límite internacional. Al Oeste desde el límite internacional hasta el meridiano de 66º 15’ O y su intersección con el paralelo de 57º S y desde allí hasta el límite internacional siguiendo por éste hasta el límite de la ZEE. Al Sur desde la isobata de 200 metros hasta el meridiano de 64º y al Este desde ese punto hacia norte hasta el paralelo de 55º 30’ S.
La Reserva Nacional Marina está dividida en dos sectores, el primero delimitado al norte por la línea de las 12 millas provinciales entre el merididano de 64º O en el este y el límite internacional al oeste; el límite Oeste, desde las 12 millas provinciales y el límite internacional, siguiendo este último hacia el sur hasta el paralelo de 55º 45’ S; el límite Sur se corresponde con los puntos del límite Norte del Parque Nacional y el límite Este, desde el paralelo de 55º 30’ y el meridiano de 64º O hasta las 12 millas. El segundo sector está definido por el polígono comprendido entre el límite Este desde la intersección del meridiano de 66º 15º O con el límite internacional hasta el paralelo de 57º S; el límite Sur, siguiendo este paralelo hasta la intersección con el límite internacional; los límites Oeste y Norte se comprenden desde esta intersección siguiendo el límite internacional hasta el meridiano de 66º 15’ O.
Revista Puerto