El Consejo Federal Pesquero estableció mediante diferentes medidas publicadas en el Boletín Oficial de este martes, la captura máxima permitida para la pesca de merluza, la presentación de proyectos para la captura de centolla y medidas para la correcta conservación de la especie langostino.
De esta forma, según la resolución 5/2019 establecieron la Captura Máxima Permisible (CMP) de la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides), para el año 2019, en 4.000 toneladas. En tanto, la medida podrá ser revisada por el Consejo Federal Pesquero y, de ser necesario, complementada o modificada, a partir de la información y las recomendaciones del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero.
“De los escenarios de Captura Biológicamente Aceptable (CBA) presentados por el INIDEP, que están asociados a niveles de mortalidad por pesca y mantienen la biomasa reproductiva en diferentes niveles de riesgo respecto del punto biológico de referencia objetivo y del punto biológico de referencia límite, resulta conveniente optar por el que representa el riesgo menor, dado que el informe del Instituto concluye manifestando que la pesquería de merluza negra que se desarrolla en Océano Atlántico sudoccidental se encontraría en un estado de explotación plena”, manifiesta la medida.
Del mismo modo, mediante la resolución 6/2019 autorizaron la presentación de proyectos para la explotación de centolla (Lithodes santolla) mediante buques incorporados, o a incorporar, a la matrícula nacional, por parte de aquellos interesados que cumplan con los requisitos que se establecen en la presente resolución, para las Áreas Central y Sur.
La presentación de los proyectos deberá realizarse ante la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura en la Mesa de Entradas sita en Av. Paseo Colón 982, Planta Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el plazo de 15 días hábiles. En tanto, la empresa presentante no debe ser titular, ni formar grupo empresario con la titular, de un proyecto pesquero aprobado y vigente para la explotación de centolla en el área en que se presenta.
De esta manera, el Consejo Federal Pesquero aprobará un proyecto con un buque, con un máximo de 4.500 trampas. Si se presentasen varios proyectos admisibles, se seleccionará al que tenga mayor puntaje. En caso de empate en puntos, prevalecerá el proyecto de la empresa que ofrezca un mayor porcentaje de tripulación argentina. Si persiste el empate se procederá al sorteo público en la sede de este organismo.
Asimismo, según esta normativa comunicada hoy en el documento oficial, el Consejo autorizará la emisión de un permiso de pesca para cada buque aprobado por el plazo de cinco años, contados desde la notificación de la aprobación, y con autorización exclusiva para la captura de centolla.
Además, la resolución 4/2019 determinó que en los buques fresqueros que capturen langostino se deberá realizar a bordo el tratamiento adecuado que mantenga la calidad y frescura del producto, y utilizar a bordo cajones con hasta 17 kilogramos de producto. La totalidad de la captura de cada lance de pesca deberá estibarse totalmente en la bodega antes de iniciar un nuevo lance de pesca.