La Secretaría de Pesca de Chubut dictó una resolución, que fue publicada en el Boletín Oficial, por medio de la cual se imponen restricciones a determinados permisos de pesca provinciales otorgados a plantas de procesamiento de Comodoro Rivadavia y Puerto Madryn, así lo informó REVISTA PUERTO.
La imposición llega a las puertas de la temporada de langostino en aguas provinciales, lo que lleva a las empresas a definir su estrategia de respuesta, que podría transitar por carriles judiciales.
Juristas sostienen que la medida presenta vicios de inconstitucionalidad, aunque un proceso de ese tipo demandaría bastante tiempo más que la temporada en ciernes; por lo que analizaban la posibilidad de interponer amparos que impliquen el dictado de medidas cautelares con efectos suspensivos sobre los alcances de la Resolución 248/2019 de la Secretaría de Pesca de Chubut.
Los fundamentos
La medida cita en el visto a las Leyes Provinciales IX Nº 87, IX Nº 133 y IX Nº 136; y se alega que mediante las mismas fueron otorgados sendos permisos de pesca a las empresas Ecoprom S.A, Mar del Chubut S.A. y Red Chamber Argentina S.A. “Que los permisos fueron excepcionalmente concedidos propendiéndose a superar la crisis que afectaba a las Plantas Pesqueras de las empresas involucradas, procurándose el mantenimiento y promoción de mano de obra, sin haberse dictado ninguna reglamentación a su respecto”, cita en uno de los considerandos.
Añade que, en ese contexto, “las empresas Ecoprom S.A. y Mar del Chubut S.A. absorbieron al personal de la Empresa Barillari S.A., mientras que la Empresa Red Chamber Argentina S.A. se hizo cargo de la continuidad laboral de los dependientes de Alpesca S.A. Que actualmente deviene procedente disponer, en vistas a la consecución del mismo objetivo tenido en cuenta al sancionarse las normas, que los Permisos sean explotados con embarcaciones cuyo puerto de asiento se encuentre localizado en la Provincia del Chubut, contratando mano de obra de residentes locales”, fundamenta.
El Secretario de Pesca considera que la medida, por otra parte, “contribuirá a evitar la innecesaria congestión de embarcaciones en los puertos provinciales, circunstancia que afecta notoriamente su operatividad, en particular en el Puerto de Rawson”, dice la resolución, y aquí radicaría uno de los nudos desde donde se pergeñó el dictado de la acción reglamentaria.
En la parte resolutiva, en su artículo primero dice: “Establecer que los permisos de pesca otorgados excepcionalmente mediante las Leyes IX Nº 87, IX Nº 133 y IX Nº 136, deberán ser explotados, prioritariamente, con embarcaciones cuyos puertos de asiento se encuentren localizados en la Provincia del Chubut y con mano de personal con tres años de residencia en la Provincia”. Mientras que en el siguiente se indica que “a efectos de acreditar el puerto de asiento de las embarcaciones nominadas, deberá presentarse la pertinente certificación extendida por el Registro de la Pesca, dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación”.
Cuestionan su constitucionalidad
Con todo, por delante habría un largo tránsito de reclamaciones judiciales, según varias fuentes consultadas. Quienes refutan los argumentos y legalidad de la Resolución 248/19 de la SP recuerdan que, en el año 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo de inconstitucionalidad sobre la entonces Ley Pesquera de Chubut 5639, en lo referente al artículo que fijaba los requisitos de los permisos de pesca en el que se exigía “la residencia efectiva de dos años en el territorio provincial del personal a bordo”. Justamente, esa exigencia impuesta por una resolución, ya fue atacada por el máximo órgano judicial del país por colisionar con la base del andamiaje jurídico argentino.
También habría sobrada jurisprudencia respecto del requisito consistente en exigir que se asigne a estos permisos, buques con puerto de asiento en Chubut, al tiempo que debe tenerse en cuenta que durante años no se planteó un requerimiento de ese tenor.
Por otro lado, especialistas sostienen que las leyes que otorgaron estas licencias provinciales no impusieron esas restricciones, es decir, la reglamentación de una norma aplica condiciones más gravosas, no previstas por el legislador, en el dictado de la ley que creó ese permiso.