Puerto Madryn

Suspenden expropiación de los bienes de Alpesca

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Confirmaron que Omar “Cura” Segundo es el dueño de las acciones y desestimaron ventas a Otero y Aleua. Emiten edictos para notificar y correr traslado de la demanda. Habría sentencia en los próximos meses, así lo indicó REVISTA PUERTO.

La jueza civil y comercial de Puerto Madryn, María Laura Eroles, emitió una resolución por medio de la cual levanta la suspensión del juicio de expropiación de los bienes de Alpesca, que ella misma había impuesto, al dar por sentado que se clarificó la situación accionaria de la compañía. Eroles había supeditado la continuación del proceso expropiatorio a que se definiera, en sede penal, las causas por las ventas de las acciones.

En su resolución cita las sentencias en las que Federico Otero es condenado y admite que la compra de acciones a Omar Segundo fue “simulada”, por lo que considera que la posterior venta a Renato Aleua también es inválida, de modo que toma como valedera la conformación del directorio de Alpesca de 2013, cuando Segundo asume la titularidad de la empresa.

La medida dictada por la jueza Eroles está fechada el 29 de octubre de 2019, cinco días después que Omar “Cura” Segundo fuera detenido para purgar una condena de nueve años de prisión por la causa de narcotráfico conocida como ‘Langostino Santo’, por aquel hallazgo de 100 kilos de cocaína en la Pesquera Poseidón en 2013.

Ventas fraguadas

El trámite de la expropiación de Alpesca data del año 2014, cuando el estado provincial asumió la ocupación de los bienes de la empresa, pero el juzgado que llevaba adelante el proceso dispuso en 2016 la suspensión de las actuaciones hasta tanto finalizaran las causas penales en trámite sobre los traspasos del paquete accionario.

El 26 de diciembre de 2017, se condenó a Federico Fermín Otero y su madre Rosa Carmen Chico, en calidad de autores, por el delito de falsificación de documento del acta de asamblea accionaria de Alpesca del 15 de mayo de 2014.

Se expresó que “tanto Otero como Chico en comunidad de voluntades suscribieron sendos contratos de transferencia de acciones en calidad de vendedores -Otero y Chico- a Aleua, a los fines de adquirir la titularidad accionaria de la empresa Alpesca, y en ese fin, celebraron la asamblea, en fecha 15 de mayo de 2014 en la cual falsifican no solo el lugar y la fecha sino el mismo contenido de dicha asamblea…”.

Por otro lado, cita la jueza que en el caso “Segundo Omar PSA Estafa”, Otero reconoció que la adquisición del paquete accionario de Alpesca SA fue una estafa en los términos del artículo 172 del Código Penal.

Asimismo, menciona la sentencia por la que se condenó a Federico Fermín Otero y Emanuel Juan Paulo Segundo, por el delito de estafa, en carácter de autores, cuando afirma que “han sido partícipes de la maniobra ardidosa en perjuicio de los asalariados de la empresa Alpesca y la administración pública. En la investigación se pudo determinar que tales conductas han provocado serios perjuicios a los acreedores de la firma como así también al estado Provincial pues constituyó una maniobra fraudulenta, la que consistió en simular la venta de acciones de Juan Paulo Segundo (imputado) a Federico Otero y otra persona. Existe en relación a esta circunstancia documental que comprueba claramente que nunca existió realmente una venta de acciones, sino que aquellos actos conformaron un mecanismo para engañar a la masa de asalariados…”.

Un fiscal omitió acusar

Como se recordará por esa venta fraguada de las acciones fueron condenados Federico Otero y su madre Rosa Chico, y también Juan Paulo Segundo, pero mediante Sentencia N° 2961/2018 se dispuso sobreseer a Héctor Omar Segundo por el hecho relacionado con la transferencia y adquisición del paquete accionario de “Alpesca SA” y “AP Holding SA”, ello por haber vencido el plazo máximo de duración del proceso, ya que un fiscal de Puerto Madryn omitió formular acusación y la causa prescribió.

Eroles cita los fallos que “han tenido por acreditado que la venta del paquete accionario de Alpesca SA y AP Holding SA fue fraudulenta, es decir no se ajustó a la verdad, no existió venta y su objetivo fue frustrar los derechos de los acreedores de ambas empresas. De tal manera entonces la venta de acciones societarias entre Segundo, Otero y Chico puede calificarse como acto inexistente”.

El dueño, preso por narco

A partir de esto, la jueza desestima las presentaciones realizadas por abogados de Otero y Aleua, quienes se constituyeron para el cobro de la expropiación. Al dar por sentado que las ventas de acciones no existieron, valida la constitución del directorio de febrero de 2013, cuando queda en cabeza de la empresa Omar Segundo, legitimándolo, así como titular de las acciones.

En tanto, la jueza Eroles en continuidad del trámite expropiatorio ordena se corra nuevamente traslado de la demanda, es decir a Alpesca, pero teniendo en cuenta que en el domicilio legal funciona en la actualidad la empresa Red Chambers SA, “se configura el supuesto previsto por el art. 147 del CPCC, domicilio desconocido, por lo que la notificación se cumplirá mediante edictos, que se publicaran por dos días en el Boletín Oficial y en el Diario de mayor circulación de esta ciudad”.

Al emplazar a que se presenten representantes de los accionistas de Alpesca, es decir de Omar Segundo, hoy encarcelado por narco, se da continuidad al proceso expropiatorio, el cual tendría sentencia en los próximos meses cuando se defina el monto que el Estado de Chubut deberá pagarles a los propietarios de esa sociedad.

Langostino Pesca

Datos preliminares de la pesca de langostino sostienen que “es el mejor noviembre de los últimos años”

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La temporada 2024-2025 de la pesca de langostino inició oficialmente el pasado 3 de noviembre, y durante las dos primeras semanas de actividad, los datos preliminares reportados por el Programa de Observadores a Bordo arrojan resultados alentadores, argumentando que «es el mejor noviembre de los últimos años». Aunque ciertas tendencias llaman «a una evaluación precautoria», indicaron.

Entre el 3 y el 16 de noviembre, los indicadores clave «mostraron un sólido desempeño». Se registró un promedio de pesca de 2.346 kg/h, superando ampliamente el mínimo requerido de 450 kg/h.

En tanto, el bycatch de merluza se mantuvo por debajo del 15%, con un promedio de solo 2%. La proporción de ejemplares menores a L5 fue apenas el 1% de los ejemplares capturados, respetando el límite del 5%. Estos resultados «confirman el cumplimiento de los estándares necesarios para mantener abierta el área de…

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