El Consejo Federal Pesquero (CFP) aprobó una medida clave para el sector marítimo de la región. A partir de una solicitud formal presentada por la provincia de Chubut, la flota fresquera local recibió el aval para realizar capturas dirigidas de anchoíta en un área biológicamente protegida.
Esta habilitación excepcional se aplicará exclusivamente durante el período anual en curso. De este modo, los buques autorizados podrán operar dentro de la Zona de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (ZVPJM), específicamente en el área delimitada entre los paralelos 42° y 44° de latitud Sur.
Detalles de la resolución del CFP (H2)
La medida quedó ratificada por unanimidad mediante el Acta CFP N° 13/2026. Según reportó el portal especializado Pescare, esta disposición técnico-administrativa beneficia de forma directa a las embarcaciones fresqueras que trabajen sobre especies pelágicas. No obstante, las operaciones comerciales estarán limitadas al uso de redes de media agua y se desarrollarán únicamente durante los horarios diurnos.
Es importante destacar que la resolución cuenta con un sólido respaldo técnico. El Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) evaluó las campañas previas y determinó que no existen factores científicos para desaconsejar la extracción de recursos pelágicos en este cuadrante. De hecho, el propio Consejo Federal Pesquero recordó que ya se habían implementado autorizaciones similares con éxito entre los años 2020 y 2024.
Condiciones operativas y controles científicos (H2)
Para evitar un impacto negativo sobre el ecosistema marino, la autoridad pesquera nacional diseñó un estricto protocolo de fiscalización. El objetivo primordial de estas reglas es asegurar que la actividad comercial se enfoque solo en la engraulis anchoita, resguardando los ejemplares jóvenes de merluza común.
Las empresas armadoras que decidan participar de la zafra deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
- Declaración previa: Informar la intención de pescar anchoíta antes de iniciar cada marea para verificar que a bordo solo se lleven artes de pesca pelágica.
- Restricción horaria y técnica: Utilizar redes de media agua en exclusiva y operar estrictamente durante las horas de luz solar.
- Monitoreo de movimientos: Notificar formalmente el ingreso a la zona de restricción al comenzar las faenas.
- Logística de descarga: Comunicar el puerto y la fecha de desembarque con un mínimo de 24 horas de antelación para agilizar las inspecciones en muelle.
Monitoreo a bordo: La normativa exige llevar de forma obligatoria a observadores científicos del INIDEP. Si el instituto no dispone de personal técnico, las plazas serán cubiertas por inspectores de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera o, en su defecto, por veedores de la provincia de Chubut.
Gracias a este esquema de control permanente, el Consejo Federal Pesquero busca un equilibrio viable entre el aprovechamiento económico del recurso pelágico y la sustentabilidad de una de las reservas biológicas más sensibles del Mar Argentino.