El presidente de la Cámara de Armadores de la Flota Amarilla de Chubut (CAFACH), Gustavo González, y el secretario del Sindicato de Conductores Navales (SICONARA), Jorge Maldonado, firmaron este miércoles un acta de acuerdo salarial para el sector, retroactivo al 1 de octubre del corriente año y con vigencia hasta el 30 de abril de 2020, así lo indicó Revista Puerto.
Según se desprende del acta a la que accedió REVISTA PUERTO, se estableció que para la especie ‘langostino al barrer’ se acuerda un precio de $ 60,85 por kilogramo, tomando como referencia a los efectos del cálculo un cajón de 18 kilogramos y de 17 kilogramos para el caso de las denominadas cajitas.
Por otro lado, y respecto de los ítems denominados ‘fijos’, tales como salario básico, salario garantizado, franco compensatorio, desarraigo, día de trabajo y farmacia, las partes pautaron un incremento sobre los valores vigentes equivalente al índice inflacionario según índices inflacionarios que fueran publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC) para el periodo que va desde el 1 de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2019, siendo el mismo del orden del 44,9 por ciento.
Actualizados por inflación
En el caso del «Salario Básico Remunerativo» el importe a octubre 2018 era de $ 18.850 al que se le aplica una recomposición del 44,9% llegando a $ 27.313 desde octubre 2019 hasta fin de abril de 2020.
Para el «Salario Básico No Remunerativo» a octubre del año pasado era de $ 14.137 y pasa a $ 20.485 a partir de octubre de este año.
El «Franco Compensatorio», para los mismos periodos que los anteriores ítems, sube de $ 2.529 a $ 3.665. Por el concepto «Desarraigo» (cuatro francos) se pagaba a octubre 2018 una suma de $ 10.118 y ahora se incrementa a $ 14.661.
Según el Anexo A del acuerdo, por «Días de Trabajo» (un franco) se pasa de $ 2.529 a la suma de $ 3.665.
Garantía de paz social
Asimismo, la CAFACH y el SICONARA acordaron la retroactividad de este acuerdo “al día 1 de octubre de 2019, fecha en que venció la última acta salarial celebrada en fecha 12 de agosto de 2019. En virtud de ello, conjuntamente con la próxima liquidación salarial se deberán cancelar íntegramente las diferencias que puedan surgir en virtud de lo abonado y lo que se fijó en el acta” que las empresas y el sindicato suscribieron ayer.
Tras las negociaciones entre armadores y conductores navales pautaron que con este acuerdo se establece que los montos acordados “son comprensivos y absorberán hasta su concurrencia cualquier tipo de aumento; bono obligatorio u optativo; o cualquier suma que pudiera otorgar el Gobierno Nacional, Provincial; entidad sindical o cualquier otra suma con fuerza o carácter convencional o cualquier sea su naturaleza”.
En otra de las cláusulas se indica que el acuerdo regirá y tendrá plena vigencia desde ahora hasta el 30 de abril de 2020. De modo que los firmantes se obligan a garantizar la paz social como mínimo hasta esa fecha, lo que significa la no iniciación de cualquier tipo de medidas de fuerza o retención de servicios o negación de cumplir con sus tareas normales y habituales.