Langostino. La Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera dictó la apertura parcial de este cuadrante para resguardar el recurso. Los barcos ya tienen luz verde para operar bajo un estricto esquema de coordenadas.
La flota pesquera ya cuenta con una nueva zona habilitada para la captura de langostino (Pleoticus muelleri). Las autoridades nacionales dispusieron la apertura de la Subárea 12, aunque bajo una fuerte restricción espacial: la actividad comercial quedó limitada de forma exclusiva a la mitad este del sector.
Los barcos autorizados pudieron ingresar al área operativa a partir de las primeras horas del 3 de julio de 2026, iniciando formalmente las redes a la pesca a las 07:00 de esa misma mañana. Según consignó el portal especializado Mar y Pesca Noticias Patagónicas, esta decisión gubernamental se ampara en los últimos informes y sugerencias técnicas del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP).
¿Por qué se cerró la mitad oeste de la Subárea 12?
La determinación de habilitar únicamente la porción oriental responde a la falta de datos científicos concluyentes sobre el lado oeste. Durante las tareas de prospección, los buques concentraron la gran mayoría de sus lances en el límite este, siguiendo la ruta natural del marisco desde las zonas que ya venían abiertas. Esto impidió evaluar correctamente el estado biológico del cuadrante occidental.
Asimismo, se tuvieron en cuenta los siguientes factores de riesgo para el ecosistema marino:
- Presencia de juveniles: En la lindante Subárea 11 se reportó un alto porcentaje de langostino de tamaño menor al permitido.
- Fauna acompañante: Se detectó una densidad importante de ejemplares jóvenes de merluza común (Merluccius hubbsi).
- Criterio de prevención: Ante la escasez de datos actualizados en el oeste de la Subárea 12, la autoridad de aplicación implementó el principio precautorio para mantener dicho sector en veda temporal.
Coordenadas y límites de la zona habilitada
Para evitar sanciones, las tripulaciones deberán ajustar sus bitácoras de navegación de manera estricta al cuadrante autorizado. La franja habilitada para la pesca comercial quedó delimitada por los siguientes puntos geográficos:
Límites operativos: Entre los paralelos 44°00′ y 45°00′ de latitud Sur, y específicamente entre los meridianos 61°30′ y 62°00′ de longitud Oeste. Todo el espacio marítimo situado al oeste del meridiano 62°00′ permanece clausurado.
Con este esquema de manejo, la administración pesquera busca garantizar la sostenibilidad biológica de la especie a largo plazo, equilibrando el rendimiento económico de las empresas con la protección activa de la fauna juvenil de la Patagonia.