Nacionales

Filmus celebra la sanción del Senado sobre las actualizaciones de las multas por la pesca ilegal

Esta es una iniciativa que, dijo, “busca ser un disuasivo” para la “conservación y el manejo eficiente” de esos recursos

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El secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, Daniel Filmus, celebró hoy la sanción definitiva en el Senado de la ley que eleva las multas y sanciones a la pesca ilegal en aguas argentinas, una iniciativa que, dijo, “busca ser un disuasivo” para la “conservación y el manejo eficiente” de esos recursos, además de “afianzar la soberanía de nuestro país sobre el Atlántico Sur”.

“Elevar las sanciones y multas a quienes ejerzan la pesca ilegal en aguas argentinas significa defender los recursos de los 45 millones de argentinos y argentinas”, remarcó Filmus, tras la aprobación en la cámara alta, del proyecto de ley enviado al Congreso por el presidente Alberto Fernández “con el objetivo de afianzar la soberanía nacional”.

Conservación

El funcionario de la Cancillería detalló, en un comunicado, que la nueva ley que eleva las multas a la pesca furtiva “busca ser un disuasivo que permita colaborar con la conservación y el manejo eficiente de estos recursos, además de afianzar la soberanía de nuestro país sobre el Atlántico Sur, incluyendo las aguas que circundan a las Islas Malvinas”.

Para Filmus, el “consenso alcanzado” en torno a la iniciativa evidencia “la importancia de consolidar nuestra soberanía con políticas de Estado a largo plazo”, al reafirmar el camino trazado por el presidente de la Nación en sus discursos de asunción y de apertura de las sesiones legislativas.

“Por ese motivo consideramos un aporte al fortalecimiento de nuestra democracia el acuerdo logrado en el Congreso Nacional, donde recientemente fueron sancionadas por unanimidad las leyes de creación del Consejo Nacional de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas y de demarcación del límite exterior de la plataforma continental argentina”, concluyó.

Ley

El proyecto de reforma de la Ley Federal de Pesca (24.922) fue elaborado en forma conjunta por los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Agricultura, debatido con las cámaras del sector, aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados y dictaminado en la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado.

La norma sancionada actualiza las multas a la pesca ilegal que habían sido fijadas en el año 1998, en épocas de la convertibilidad.

Estas multas, estipuladas en pesos, después de más de veinte años resultan irrisorias, ya que actualmente la multa máxima (que en su momento equivalía a 10 millones de dólares) es de 10 millones de pesos, es decir, algo menos de 150 mil dólares.

Los números dejaban en claro la necesidad de adecuar y generar un régimen de multas efectivo a largo plazo.

Multas

La nueva ley otorga a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación herramientas dinámicas e incorpora un régimen de multas variable basado en unidades de valor relacionadas al costo del combustible, con montos equivalentes que van de los 500 mil litros a los 3 millones de litros de gasoil, de acuerdo a la gravedad del delito, con un piso de 25 millones de pesos y un techo de 150 millones de pesos, considerando los valores de mercado actuales.

En el caso de embarcaciones extranjeras, la penalidad aplicable es la más alta ya que se trata de buques que pescan sin permiso de la Argentina.

Adicionalmente, la autoridad de aplicación puede disponer la captura y retención del buque de bandera extranjera en puerto hasta que, previa sustanciación del respectivo sumario, se haga efectivo el pago de la multa.

A diferencia del sistema actual, el infractor tendrá que hacerse cargo de todos los gastos en los que incurra el Estado Nacional en función de su captura, sin límite de tipo de gasto ni de monto.

“Estamos hablando de costos que son muy altos, ya que se trata de persecuciones con buques de la Prefectura y de la Armada, que, a veces, también requieren el despliegue de aviones”, remarcó Filmus.

Otra sanción que estaba establecida en la ley y se mantiene consiste en el decomiso de la bodega (de todo lo que se haya pescado), salvo que el infractor opte por depositar el importe de la mercadería. (Télam)

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