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La Justicia Federal de Río Grande admitió la causa por daño ambiental contra la pesca ilegal en Malvinas

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RÍO GRANDE (TIERRA DEL FUEGO). La disputa por la soberanía y la preservación de los recursos naturales en el Atlántico Sur marca un hito de gran trascendencia institucional en los tribunales del sur argentino. En este sentido, la Justicia Federal de Río Grande resolvió aceptar la intervención en una demanda histórica presentada contra la actividad pesquera irregular que opera bajo licencias de la administración británica en las Islas Malvinas. De esta manera, la jueza federal Mariel E. Borruto reconoció la legitimación de la Fundación Agustina Lerena para accionar por presunto daño ambiental, económico y social, disponiendo que el expediente se tramite a través de un proceso ordinario.

Por un lado, la acción legal fue impulsada por el especialista César Lerena junto al prestigioso abogado constitucionalista Eduardo Barcesat, reclamando un millonario resarcimiento de hasta 26.465 millones de dólares por las extracciones efectuadas entre 1989 y 2025. Por otro lado, la causa apunta contra una extensa red de empresas pesqueras españolas, sociedades mixtas, entidades bancarias y prestadores de servicios navales. Asimismo, el fiscal federal Marcelo Rapoport había dictaminado previamente de manera favorable a la admisión del reclamo y a la aplicación de una medida cautelar urgente.

Criterio interjurisdiccional, dictamen fiscal y bases legales

De esta forma, la magistrada sustentó su resolución en la protección integral del ecosistema marino y de las especies migratorias que transitan entre la Zona Exclusiva Argentina y las aguas circundantes a las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur. Además, la causa remarca que la depredación afecta de manera directa a la cadena alimentaria compartida del Mar Argentino.

En este aspecto, los ejes fundamentales de la presentación judicial comprenden:

  • Intervención formal: Reconocimiento de competencia del Juzgado Federal de Río Grande para evaluar el impacto transfronterizo de la actividad.
  • Resarcimiento multimillonario: Demanda económica tasada entre los u$s12.351 millones y los u$s26.465 millones por el perjuicio histórico acumulado.
  • Sustento normativo: Invocación del artículo 41 de la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente y la Ley Federal de Pesca.
  • Alcance corporativo: Inclusión de sociedades extranjeras, astilleros, aseguradoras y bancos vinculados a la explotación comercial sin aval nacional.

Próximos pasos procesales, cautelares y perspectiva ambiental

Por lo tanto, si bien el tribunal dio luz verde a la tramitación de la causa, aún resta que la Justicia se expida sobre la medida cautelar destinada a frenar las operaciones en disputa, una vez que se incorporen los informes técnicos solicitados al INIDEP.

En conclusión, el fallo consolida un precedente ineludible en la defensa judicial de la soberanía marítima y los recursos vivos del Atlántico Sur. De este modo, el sistema judicial argentino profundiza el escrutinio sobre la explotación desregulada en la plataforma continental austral.