Chubut Pesca

La Justicia que paraliza la producción: el prontuario de fallos contra Conarpesa y la denuncia contra la jueza Testino

single-image

Foto con IA

La actuación de la jueza civil y comercial de Rawson, Amorina Úrsula Testino, ha quedado en el centro de una tormenta institucional y productiva tras la formalización de la denuncia y pedido de destitución ante el Consejo de la Magistratura de Chubut.

Lo que desde el ámbito tribunalicio suele disfrazarse de mero «criterio jurisdiccional», en los muelles y plantas pesqueras se traduce en pérdidas millonarias, barcos parados y cientos de marineros, estibadores y operarios de planta como rehenes de resoluciones arbitrarias.

El caso del buque «J. Barreiro» (Mat. 03325), perteneciente a la firma Agropez (Grupo Conarpesa), no es un hecho aislado: representa la cúspide de una serie de determinaciones judiciales y expedientes que han puesto en jaque la operatividad del grupo pesquero liderado por Fernando Álvarez Castellano.

Cronología de una arbitrariedad: fondos de sobra y celeridad selectiva

La denuncia presentada ante el órgano de control judicial desnuda una cadena de yerros jurídicos, dilaciones inexplicables y maniobras procesales en los tribunales de Rawson:

1) Paralización con fondos de sobra en la cuenta judicial:

Pese a que la empresa pesquera puso a disposición fondos líquidos suficientes para sustituir la cautela y evitar amarrar el buque, la jueza avanzó con la medida. Al momento de concretar la inmovilización, existían fondos que superaban holgadamente la pretensión económica de la parte actora, contando con un excedente millonario. Aun con el crédito garantizado en demasía y con orden de transferencia de fondos previa, la magistrada dispuso la interdicción de salida en plena zafra provincial

2) Celeridad en minutos para trabar la medida y omisión de caución:

El contraste entre la velocidad para paralizar la producción y la demora para liberarla resulta contundente: el 11 de agosto, en un trámite exprés de apenas una hora, el juzgado puso a la firma, rubricó y efectivizó el oficio de embargo e interdicción a Prefectura. Todo ello se consumó sin haber exigido previamente la caución juratoria que la propia magistrada había fijado como requisito indispensable, e ignorando la existencia de transferencias de fondos que cubrían el reclamo.

3) El oficio de levantamiento: redactado pero deliberadamente sin firmar:

La conducta denunciada se agravó el 18 de agosto. Por la mañana, en el juzgado se confeccionó el proyecto de oficio para dejar sin efecto la interdicción. Sin embargo, la jueza Testino omitió intencionalmente estampar su firma. Apenas dos horas más tarde, formalizó su intempestiva excusación por presunta «violencia moral», desentendiéndose del expediente y dejando la orden de liberación en un limbo burocrático que prolongó el amarre del buque.

4) Intervención de la subrogante para frenar el perjuicio:

La maniobra obligó a la intervención urgente de la jueza subrogante. Al asumir, no convalidó la excusación de Testino, pero para evitar que se siguieran multiplicando los daños económicos y productivos sobre la tripulación y la planta, tomó el oficio redactado, lo firmó formalmente y ordenó su diligenciamiento inmediato ante la Prefectura Naval Argentina.

RECUADRO TÉCNICO: Las pruebas procesales y los números que acusan a Testino
La presentación elevada al Consejo de la Magistratura detalla de manera cronológica y numérica cómo se configuró el presunto mal desempeño y la arbitrariedad manifiesta:

1) 31 de julio: La parte actora solicita embargo e interdicción de salida del buque pesquero J. Barreiro (Mat. 03325) por un monto de $53.062.318,85 (capital, intereses presupuestados y honorarios provisorios).

2) 4 de agosto: La jueza Amorina Úrsula Testino dispone el embargo y la interdicción fijando la base en los $53.062.318,85 y adicionando provisoriamente $9.000.000 para responder a futuros intereses y costas, totalizando una cautelar de $62.062.318,85.

3) 6 de agosto: La actuaria judicial certifica formalmente en el expediente la existencia de un saldo remanente en cuenta judicial vinculada por un total de $85.768.601,23 (un excedente de más de $23,7 millones por encima de la cautelar).

4)10 de agosto: Se libra orden de transferencia por $78.768.601 desde los fondos judiciales inmovilizados.

5) 11 de agosto (La celeridad para amarrar el barco):

A)10:58 hs: Se presenta el oficio a la firma.

B) 11:50 hs: Lo firma la secretaria del juzgado.

C) 11:58 hs: Lo suscribe la jueza Testino.

6) Diligenciamiento inmediato: Se remite y ejecuta formalmente la interdicción ante Prefectura ese mismo día, consumando la paralización del buque sin exigir la caución previa obligatoria y existiendo ya la orden de transferencia de fondos en la causa.

7) 12 de agosto: La cuenta judicial registra un saldo activo de $82.492.175,06, ratificando la absoluta solvencia dineraria de la empresa.

8) 18 de agosto (El oficio sin firma y la excusación):

A) Por la mañana: Testino redacta el oficio de levantamiento de interdicción pero lo deja deliberadamente sin firmar.

B)Horas después: Presenta su excusación y abandona la causa.

9) Intervención subrogante: Llega la jueza subrogante, rechaza la excusación y, para no causar más daño al buque y a los trabajadores, firma el oficio pendiente y lo diligencia de urgencia ante la autoridad marítima, concluyendo 16 días de retención ilegítima.

Un patrón de asedio judicial y corporativo

El historial de litigios laborales y comerciales que atraviesan los tribunales de Rawson no es nuevo. Desde el sector productivo se advierte un mecanismo recurrente: trabar cautelares y amarrar buques en plena temporada alta —cuando cada día de marea representa miles de dólares y toneladas de materia prima— como herramienta de presión procesal.

La contradicción temporal es elocuente:
para ordenar el amarre y paralizar un buque que tenía fondos de sobra garantizados, el juzgado tardó exactamente 60 minutos entre la presentación del oficio y su firma; pero cuando correspondió restituir el derecho a navegar y trabajar, el oficio fue dejado sin firma durante horas hasta derivar el conflicto en una subrogancia.

Foto con IA

La hora del Consejo de la Magistratura

Chubut no puede convalidar una justicia que actúe con celeridad quirúrgica para frenar herramientas de trabajo y con desidia deliberada para levantar medidas improcedentes. El pedido de destitución y jury contra Amorina Úrsula Testino ya está en trámite. El Consejo de la Magistratura deberá determinar si paralizar un barco con fondos de sobra en cuenta judicial y retener oficios sin firmar constituye un simple error o un caso de mal desempeño que amerita su remoción.

Foto con IA