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Concluyó el cronograma de inspecciones a pesqueras de Madryn, Rawson y Comodoro Rivadavia

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El Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable de la Provincia, a través de la Subsecretaría de Regulación y Control, concluyó el cronograma anual de inspecciones a la industria pesquera con asiento en las ciudades de Puerto Madryn, Rawson y Comodoro Rivadavia, con la finalidad de auditar la gestión de los residuos pesqueros desde su generación hasta su disposición final.

En este sentido, cabe destacar que la cartera ambiental provincial ha continuado con las inspecciones exigidas por el Código Ambiental Provincial, aún en tiempos de pandemia, realizando desde su Dirección de Control Operativo las tareas de fiscalización y control relativas a sus misiones y funciones, tanto en el sector pesquero como en otros rubros de la industria.

En relación a este tema, el titular de la Subsecretaria de Regulación y Control, Daniel Micheloud, precisó que “con o sin pandemia no deben dejarse de lados los controles ambientales exhaustivos, menos que menos los vinculados al rubro pesquero, dado que se trata de una de las actividades económicas más importantes en la zona; en auge y constante crecimiento¨.

Además, el funcionario mencionó que ¨en algunos establecimientos se opera en forma irregular o bajo normas de cumplimiento de protocolos estrictos debido a la pandemia, en algunos casos con disminución o rotación de personal alternando turnos, pero la mayoría de ellos continúan produciendo, generando efluentes y residuos, por lo que el control ambiental no debe cesar ¨.

“Hacer que se cumpla con la normativa ambiental vigente es un trabajo arduo y demandante, y desde la Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental se ponen a disposición todas las herramientas necesarias para hacerlo de la mejor manera posible bajo un contexto de COVID-19 que no beneficia¨, concluyó Micheloud.

Controles en la Comarca VIRCh-Valdés

El personal perteneciente a la Dirección de Control Operativo Ambiental llevó a cabo un control exhaustivo en todos los establecimientos pesqueros. Se fiscalizó la gestión ambiental integral con especial atención en el cumplimiento de La ley XI N°35 ¨Código Ambiental Provincial¨ y su decreto reglamentario, el 1540/16 que establece las obligaciones de los Titulares y Operadores de “fuentes emisoras” de efluentes líquidos; la Resolución N°62/18 MAyCDS vinculada a la gestión y disposición final de residuos orgánicos pesqueros y la Disposición N°185/12 SRyCA de almacenamiento de residuos peligrosos. En cada una de las inspecciones se labraron actas que obran en los expedientes de cada establecimiento, se tomó vista y registro de los desvíos observados, se realizaron algunas sugerencias in situ y se les solicitó que cumplimenten con la documentación faltante y requerida en la visita.

Se destacan la importancia de las inspecciones efectuadas en la empresa Rawson Ambiental S.A. y en Arcante S.A., fundamentalmente, por tratarse de empresas dedicadas a la operación y tratamiento de grandes volúmenes de efluentes líquidos industriales provenientes de la actividad pesquera de Rawson en el primer caso, y, en el segundo caso un proyecto de disposición final de residuos orgánicos pesqueros.

En cuanto a Rawson Ambiental S.A., se verificaron las tareas de avance de las obras informadas mediante cronograma, fijándose como plazo para su conclusión el mes de marzo del año 2021. En cuanto a Arcante S.A., se verificó el estado de operatividad del mismo dado que el proyecto actualmente transita el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental por parte del Ministerio y el cumplimiento con la Resolución N°62/18 vinculada a la gestión y disposición final de residuos orgánicos pesqueros.

También, se realizaron actuaciones en establecimientos pesqueros de Dolavon, Trelew, Rawson y Puerto Madryn, como Las Bardas S.A., Puerto Bahia, DLPez, Veraz, Mirabella, Frutos del Mar, Achernar S.A.S., Estrella Patagónica S.A., La Escalerona, Cañupez, Food Partners Patagonia, Ian Fish, Greciamar, Red Chamber, Marea Patagónica S.A., Food Arts, SMyS, sólo por hacer mención a alguno de ellos.

En la ciudad de Puerto Madryn, se realizaron inspecciones en el parque industrial liviano, donde se encuentran pesqueras como Achernar, Food Art, Cañupez, PyQ, SMyS y Food Part. En el Parque Industrial, Conarpesa, Altamare, Greciamar, La Escalerona, Red Chamber, EPSA. En Av. Guillermo Rawson, pesquera Mirabella y en Av. Kenneth Woodley, pesquera Ian Fish.

Cabe destacar que en todas las inspecciones se recorre la planta, en particular los lugares de acopio de residuos sólidos y las plantas de tratamiento de efluentes, se solicita la documentación correspondiente a cantidad de procesamiento diario y la documentación de la gestión dada a los residuos sólidos y efluentes. En el caso de los residuos sólidos, todas las pesqueras gestionan los mismos con operadores habilitados para estos residuos en la ciudad de Puerto Madryn, en tanto que en el caso de los efluentes, la gestión se realiza a través de operadores habilitados para los mismos y en el caso de vuelco a un emisor se controla, por parte de este Ministerio, los protocolos de análisis a fin de que cumplan con lo establecido en los anexos del Decreto 1540/16 que establece los parámetros para permisos de vuelcos en los distintos emisores.

Comodoro Rivadavia

En la ciudad de Comodoro Rivadavia, se realizaron inspecciones en las pesqueras del Puerto local, se encuentra Ecoprom, Puerto Comodoro, Hielos de la Patagonia y Taex y en el parque industrial de la ciudad, pesquera Barano y Mar del Chubut. Las inspecciones se realizan recorriendo las plantas de tratamiento, acopio de residuos y solicitando en todos los casos la documentación sobre la gestión de los mismos. Los residuos sólidos son gestionados con un operador habilitado en la ciudad de Comodoro Rivadavia.

En el caso de los efluentes y como conclusión de estas inspecciones y siguiendo los pasos administrativos, se suspendió, mediante Carta Documento, el vuelco de los efluentes líquidos al emisor, dado que no cumplen con los parámetros establecidos en el Decreto 1540/16. Las pesqueras deben presentar, como se gestionarán los efluentes y/o optimización de sus plantas de tratamiento a fin de adecuarse a lo establecido en dicho decreto.

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