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Avanza un proyecto de ley para castigar con prisión y severas multas la pesca ilegal

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Pesca Ilegal. Una nueva iniciativa parlamentaria propone sancionar con cárcel la captura irregular de recursos marítimos en Argentina. El debate se enfoca en cómo convivirá esta reforma penal con la Ley Federal de Pesca.

El Congreso nacional debate una profunda reforma jurídica para el sector marítimo. Un reciente proyecto presentado en la Cámara de Diputados busca incorporar al Código Penal penas de prisión, multas económicas severas y sanciones directas a las empresas que saquen provecho de la pesca ilegal.

La propuesta fue radicada bajo el expediente 2576-D-2026 e impulsada por el diputado Guillermo Michel junto a un bloque de legisladores. Según se detalla en un informe especializado de Pescare, el núcleo político y jurídico de esta iniciativa no busca alterar de forma directa la actual Ley Federal de Pesca (N° 24.922). En su lugar, el camino elegido apunta a tipificar delitos penales concretos para combatir la captura clandestina, la comercialización espuria y las asociaciones ilícitas en el Atlántico Sur.

Cárcel y multas: Las nuevas figuras delictivas

El proyecto introduce una serie de artículos correlativos para cubrir todos los eslabones de la cadena extractiva e industrial:

  • Pesca ilegal básica (Art. 206 bis): Castiga con penas de seis meses a tres años de cárcel a quien capture o extraiga fauna silvestre en zonas prohibidas, periodos de veda o con métodos no autorizados. También penaliza el falseo de declaraciones de captura si superan el 10% de lo declarado.
  • Pesca ilegal agravada (Art. 206 ter): Eleva las penas de uno a seis años de prisión cuando se afecten áreas marinas protegidas, intervengan buques extranjeros sin permiso o se trate de especies amenazadas o en colapso.
  • Comercialización ilegal (Art. 206 quater): Impone de seis meses a cuatro años de prisión a quienes almacenen, transporten o industrialicen productos con conocimiento de su origen ilícito, persiguiendo el rendimiento económico posterior a la captura.

De igual manera, el texto legislativo establece la figura del decomiso de barcos, herramientas y ganancias. También regula la responsabilidad de las personas jurídicas, fijando multas equivalentes a cinco veces el beneficio obtenido y suspensiones de permisos comerciales por hasta diez años.

La tensión entre el control penal y la vía administrativa

El punto de mayor fricción radica en el impacto operativo diario. Actualmente, las irregularidades del sector se resuelven en el ámbito administrativo a través de multas, suspensiones y fiscalizaciones documentales en los puertos. Trasladar estas conductas a la justicia penal podría generar una preocupante superposición de funciones estatales.

Por este motivo, diversos analistas señalan que la propuesta requiere un análisis minucioso. El Atlántico Sur sufre pérdidas de entre 600 y 1.000 millones de dólares anuales debido a flotas extranjeras que depredan los recursos al borde de la Zona Económica Exclusiva. Si bien la necesidad de herramientas más duras es legítima, una reforma penal expansiva no debería desarmar la ingeniería institucional de la Ley Federal de Pesca, la cual equilibra los intereses de las provincias marítimas, la investigación científica y el empleo en tierra.

En definitiva, las comisiones legislativas deberán debatir con rigurosidad técnica para diferenciar la urgencia de soberanía marítima de un esquema punitivo de difícil aplicación en la práctica.